Una Sala de la Corte de Justicia de Pichincha falló a favor de un recurso de apelación, en segunda instancia y por lo tanto se derogó y se dejó sin efecto el Decreto 645 firmado por el expresidente del Ecuador, Guillermo Lasso.
PUBLICIDAD
El colectivo ‘Todos por la Vida’ dio el anuncio sobre este fallo judicial.
#URGENTE
— Acción Jurídica Popular (@JuridicaPopular) April 25, 2024
El Colectivo “Todos por la Vida: No al decreto 645” @QUERICOES comunica que luego de casi un año de intenso litigio constitucional, ha quedado sin efecto el decreto nocivo 645. Se aceptó recurso de apelaciónhttps://t.co/gWqBCO8Pem pic.twitter.com/0H4ELPqUmP
El Decreto 645 que fue firmado en el 2023 reducía el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) de productos como los cigarrillos, el alcohol, bebidas azucaradas, fundas plásticas y armas.
Recomendados:
Los museos de Quito atenderán al público por las noches este 17 y 18 de mayo, ¿cómo reservar?
¿Quiénes fueron los invitados a la fiesta privada en una finca en Vía a la Costa?
Daniel Salcedo ofrece contar todo lo que sabe en caso Metástasis y Caso Purga a cambio de protección
Las organizaciones sociales criticaron este Decreto y por lo tanto interpusieron el recurso de apelación donde indicaron que esta decisión vulneraba los derechos de niños y adolescentes, con respecto a un buen vivir, alimentación saludable y seguridad.
La resolución de la Corte de Justicia de Pichincha con el fallo en contra del Decreto 645, exhorta al Ejecutivo, Ministerio de Salud, al Servicio de Rentas Internas (SRI) y el Servicio Nacional de Aduanas (Senae), a que se conforme una mesa técnica.
Esto, en conjunto con organizaciones internacionales será para “analizar la necesidad de la imposición de impuestos saludables al consumo de productos nocivos para la salud humana”.
El Decreto 645 decía lo siguiente:
Reducción del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) de la siguiente forma:
- Tabaco y cigarrillos electrónicos, con reducción del 50%
- Armas de fuego, con reducción del 30%
- Bebidas alcohólica, con tarifa específica de USD 10 por litro de alcohol puro
- Cigarrillos, con tarifa específica de USD 0,16 por unidad
- Cerveza industrial, con tarifa específica de USD 13,08 por litro de alcohol puro
- Cerveza artesanal, con tarifa específica de USD 1,50 por litro de alcohol puro
- Bebidas azucaradas, con tarifa específica de USD 0,18 por 100 gramos de azúcar añadida
- Fundas plásticas, con tarifa específica de USD 0,08 por fundas plásticas
Estos valores ya no serán aplicables con la derogatoria del Decreto.